Recientemente en la Cámara de Representantes se radicó un proyecto de ley para imponer el voto secreto en todos los organismos decisionales de la UPR, entiéndase Junta Administrativa, Senados Académicos, Consejos de Estudiantes y Asambleas Estudiantiles.
La controversia tras el derecho al voto secreto no es de ninguna manera un asunto nuevo. Por años estudiantes lo han reclamado, han elaborado propuestas que han sido discutidas en los distintos consejos de estudiantes. Sin embargo, debo aclarar que esta controversia surge debido a la mala información y al desconocimiento de los procesos parlamentarios que rigen todas las reuniones de los senados académicos, las juntas administrativas, los consejos de estudiantes y hasta las asambleas generales de estudiantes.
El voto secreto ya existe. Es un derecho que está reconocido bajo las reglas de procedimiento parlamentario de Roberts, manual que es reconocido por el reglamento general de la UPR. Para que un voto secreto se lleve a cabo, ya sea en el senado académico, en la junta administrativa, en el consejo de estudiantes o en las asambleas estudiantiles, éste simplemente debe ser presentado como moción y aprobado por mayoría simple. Una vez el pleno decide que desea efectuar un voto secreto no hay ningún impedimento para que la votación sea secreta. En este sentido el debate no debe ser en torno al derecho al voto secreto, ya que el mismo ya existe, sino a como éste debe ser implementado. Desde mi punto de vista solo hay dos maneras en las cuales se puede ejecutar un voto secreto, mediante urnas o mediante voto electrónico.
No tengo ningún problema con el voto por urnas. Este tipo de votación es simple y eficiente. La única desventaja que tiene es que es menos accesible y que toma mucho tiempo contabilizar los votos. En cuanto al voto electrónico es que tengo serias reservas. En primer lugar la mayoría de las propuestas de voto electrónico ponen el sistema bajo los mecanismos de la administración. Es decir, que quienes van a estar encargados de contabilizar los resultados son los administradores de la universidad. Esto se puede prestar para que haya intervenciones indebidas. Las decisiones de las asambleas estudiantiles siempre deben estar en las manos de los estudiantes, no de administradores a sueldo. El otro problema que presenta la votación electrónica es que abre la ventana para que estudiantes que no han participado ni escuchado el debate puedan votar y decidir sobre algún asunto que desconocen.
Este proyecto de ley surge como una reacción a los procesos democráticos que han llevado a la UPR a estar más de 50 días en huelga, procesos que incluso han incluido en su toma de decisiones el voto secreto. En Mayagüez, el CGE celebró un referéndum, mediante voto en urnas para decidir si el estudiantado apoyaría o no unirse a la huelga.
Este proyecto de ley atropella todos los reglamentos de los cuerpos que pretende alterar. Intenta crear soluciones a problemas que no existen. Tanto en los senados académicos, como en las juntas administrativas y en los consejos de estudiantes se llevan a cabo votaciones secretas en casi todas las reuniones. Para eso existen los reglamentos y el procedimiento parlamentario. No es deber de la legislatura de Puerto Rico cambiar los reglamentos internos de los cuerpos representativos de la universidad. Este proyecto de ley es una intromisión externa a la universidad.
Debo recordarles que en varias ocasiones las asambleas estudiantiles, las asambleas claustrales y las asambleas de otros sectores universitarios han expresado su preocupación sobre intentos de reforma universitaria que no sean producto de reclamos ni debates universitarios. La reforma universitaria, que es muy necesaria, tiene que surgir en el seno de la universidad, no en la oficina de algún legislador.